jueves, 12 de marzo de 2015

Regímenes Aduaneros Territoriales Liberatorios

Son regímenes aduaneros territoriales especiales de Venezuela aquellos que se aplican a un ámbito territorial determinado. Esta constituidos por un conjunto de normas, tratamientos, procedimientos e incentivos aduaneros y tributarios aplicado en un delimitado territorio. Su finalidad es crear la inversión en un territorio especifico . Estos territorios son establecidos por el ejecutivo nacional de conformidad con lo establecido en el art 2 de la LOA. Los regímenes aduaneros en Venezuela son:

  • Zonas libres: compuesta por 
  1.   Zonas Libres para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguan
  2.   Zonas Libre Cultural, Científica y Tecnológica  del estado Mérida  
  • Zonas francas compuesta por:
  1. Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios de Paraguaná .
  2. Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios ATUJA (ZOFRAT).

  • Puertos Libres: compuesto por:
  1. Puerto Libre de Santa Elena de Uairén .
  2. Puerto Libre del Estado Nueva Esparta.

Zona Libre:


Es un área territorial delimitado donde se aplica un régimen fiscal especial de carácter preferencial ; es decir; que esta área territorial delimitada se le aplican un conjunto de normas que rigen la situación tributaria que surgen del desarrollo de una actividad económica.


Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Inversión Turística de la Península de Paraguana. 

Estada zona libre fue creada bajo el normativo legal de la ley de creaciones y régimen de la zona libre para el fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguana  Estado Falcon de fecha 6 de agosto de 1998 publicado en agosto en gaceta oficial 36.517 de fecha 14 de agosto del 1998.  se encuentre ubicado en los municipios Carirubana Falco y los toques del Estado Falcón cuya aduana de control es Aduana Principal, Las Piedras - Paraguaná.

Zona libre de Paraguana

De acuerdo al art 1 de la Ley de creación de la Zona Libre de Paraguana, se entiende como el régimen territorial especial de carácter fiscal. para el fomento de las prestaciones de servicios en las actividades turísticas y comercial conexa al turismo  Ejemplo:





  • Colonias vacacionales para niños

















  • Hostelería y alojamiento en hoteles y moteles









               


  • Transporte de pasajeros y equipaje destinados a la recreación 










Para el funcionamiento del régimen liberatorio de esta zona se crea la Corporación para la Zona Libré para el Fomento de las Inversiones del Turismo de la Peninsula de Paraguana (CORPOTULIPA)



 (CORPOTULIPA)




Es una institución autónoma con personalidad jurídica independiente del fisco nacional, con carácter publico

su principales  finalidades son:


  •  Velar por el cumplimiento de la ley de Zona Libré de Paraguana.
  • Promover el desarrollo de esta Zona Libre de Paraguana.
  • Planear normativos para clasificar los proyectos que propongas la zona. 
  • Autorizar las actividades de las  solicitantes como prestatarios del servicio turístico y conexo del comercio turístico.
  • Conocer las operaciones de ingreso de mercancías a prestación del servio


 Registro de importadores.

Los interesados en operar bajo el régimen de Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná, deberán inscribirse ante Corporación para la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná (CORPOTULIPA).

Documentos para la autorización  


  • Documentos constitutivo de la persona Jurídica.
  •  Documento  que contenga la descripción de la actividad, la ubicación del lugar donde se pretende realizar la prestación del servicio.
  • Informe del impacto ambiental 
  •  Estados financieros, referencias bancarias y comerciales del solicitante así como constancia de solvencia tributaria y cualquier otro requisito exigido por esta Ley y su Reglamento. 
  • Autorización de la Corporación de Turismo de Venezuela como operador turístico con su correspondiente número de Registro Turístico Nacional. (este requisitos es para las persona que realicen actividades establecidas en el art 20 de la Ley del Turismo)
Mercancías que podrán ingresas en la zona:

Podrán ingresar todas aquellas establecidas en el art 3 de La Ley de creación de la zona Libre de Paraguana, siempre y cuando cumplan por las disposiciones establecidas por razones de salud publica, seguridad y defensa del estado, así como moralidad y orden publico representado por el régimen legal 3, 4, 7, 9, y 10 previsto en el arancel de Venezuela.

     

Para mayor información consultar los siguientes link


Zona libre de Paraguana

Regímenes Territoriales Especiales Vigentes en Venezuela





Información que es necesaria que todo aduanero conozca y es como es el proceso de nacionalización de la mercancía para ello chequeen el siguiente link que mostrara un vídeo de como es la nacionalización

  Nacionalización de mercancias




  

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